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ORDEN de 21 de noviembre de 2014, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se resuelve la convocatoria del Programa piloto para el desarrollo del Plan Lector y Mejora de la Competencia en Comunicación Lingüística en centros docentes públicos y privados concertados no universitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón durante los cursos 2014-2015 y 2015-2016.

Publicado el 19/12/2014 (Nº 248)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Por Orden de 27 de agosto de 2014, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 173, de 4 de septiembre de 2014, se convoca a centros docentes públicos y privados concertados no universitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón para participar en un programa piloto para el desarrollo del Plan Lector y Mejora de la Competencia en Comunicación Lingüística durante los cursos 2014-2015 y 2015-2016.

Mediante Resolución Provisional de 5 de noviembre de 2014, del Director General de Política Educativa y Educación Permanente, se hizo pública la relación de los centros seleccionados, no habiendo solicitudes excluidas.

Transcurrido el plazo para presentar alegaciones, y habiéndose cumplido los trámites establecidos, de conformidad con lo establecido en el apartado undécimo de la orden de convocatoria, y a propuesta del Director General de Política Educativa y Educación Permanente, resuelvo:

Primero.- Autorizar a todos los centros solicitantes y que se relación en el anexo para participar en un programa piloto para el desarrollo del Plan Lector y Mejora de la Competencia en Comunicación Lingüística durante los cursos 2014-2015 y 2015-2016.

Segundo.- Esta orden surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Tercero.- Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. También podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

De acuerdo con la normativa citada, los centros públicos no están legitimados para interponer dichos recursos. No obstante, podrán oponerse a esta orden mediante escrito motivado, indicado las razones que fundamentan su pretensión.

Zaragoza, 21 de noviembre de 2014.

La Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte,

DOLORES SERRAT MORÉ